COVID-19

Protocolo Covid-19


Nuestra cervecería ha implantado una serie de directrices y recomendaciones, a aplicar por parte de los trabajadores y los clientes con el fin de minimizar los riesgos de contagio del virus SARS-Cov-2, según la legislación vigente. Desde estas lineas queremos pediros comprensión, atendiendo siempre a las indicaciones de nuestros camareros.

Hemos instalado carteles informativos para minimizar posibles riesgos, así como la sustitución de las cartas físicas por códigos QR para poder visualizarlas a través de un smartphone. Del mismo modo, se han instalado dispensadores de soluciones hidroalcohólicas.

Del mismo modo hemos creado un servicio de ubicación en mesa. A la llegada de nuestros clientes será necesario solicitar mesa indicando el número de personas y nuestros camareros llevarán el orden de grupos para asignar la mesa conforme a nuestra disponibilidad. Del mismo modo, una vez que las personas hayan sido ubicadas, no será posible el cambio de mesa sin autorización de nuestros camareros. Este servicio se ha implementado como medida de protección frente el Covid-19.

Actualización a 16 de agosto:
Tras la publicación de la Orden de 16 de agosto de 2020 ( por la que se modifica la Orden de 19 de junio de 2020, para implementar en la Comunidad Autónoma de Andalucía actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19).

1. No se permitirá fumar productos del tabaco en ninguno de los espacios de nuestro establecimiento, incluido patio interior y terraza debido a la imposibilidad de respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros, propuestos por la nueva LEY.

2. El consumo dentro del local podrá realizarse en la barra o sentado en una mesa, o agrupaciones de mesas, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad entre mesas o grupos de mesas para que, entre clientes de diferentes grupos, haya como mínimo 1,5 metros o, en su caso, entre clientes situados en la barra. La ocupación máxima será de diez personas por mesa o agrupación de mesas.

3. Las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la correspondiente licencia municipal o de lo que sea autorizado para este año, en el caso que la licencia sea concedida por primera vez, siempre que se mantenga la debida distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros entre las mesas o agrupaciones de mesas, siendo en todo caso la ocupación máxima de estas de 10 personas.
  



¡Muchas gracias, entre todos lo conseguiremos!